10 de julio de 2016
Horas Finales Para Una Decisión - Presentamos Más Material
Run Uruguay les acerca en esta oportunidad nuevo material conteniendo la ampliación de la denuncia del atleta Andrés Zamora realizare ante la CAU y con un segmento de video correspondiente a las diferencias entre la edición 2015 y 2016. En aquella ocasión la documentación provino de la propia CAU. Hoy sostuvimos una conversación con la representante legal del atleta que además nos acercó el documento presentado oficialmente la noche del 30 de junio del corriente año ante la Asamblea de la Confederación.
Dice así:
Montevideo, 30 de junio de 2016.
Sres. Miembros del Consejo Directivo de la CAU.
Quien suscribe, ERNESTO ANDRES ZAMORA SUGO, oportunamente filiado en la denuncia presentada ante ese Cuerpo el pasado 26 de mayo del corriente año, ante uds. se presenta y expresa:
que vengo a aportar prueba superviniente a la denuncia precitada, en base a las consideraciones y fundamentos que se pasan a exponer:
1) Tal como se señaló en ut-supra presente ante la CAU, el pasado 26-05- 16, denuncia, solicitando la anulación de la Maratón de Montevideo, realizada el pasado 10 de abril del presente año, por ocurrir graves transgresiones al Reglamento Internacional de Competiciones 2016-2017 de la IAAF.
2) Dicha denuncia, contraviniendo claras disposiciones estatutarias, no fue elevada por las personas que la recibieron, habida cuenta que no se expidió ningún Órgano de la CAU al respecto, tal como lo establecen los arts. 49 y 51 inc.2 del Estatuto vigente, al Tribunal Arbitral, Cuerpo que en virtud de la última disposición señalada, posee competencia para “Estudiar y fallar en la protestas de los Campeonatos”, debiendo destacarse, a sus efectos, que la competencia de marras era parte del Campeonato Sudamericano de Maratón 2016. Lo precitado determina que la denuncia de marras ha quedado sin tramitar, en evidente contravención de los Estatutos precitados.
En consecuencia, en atención a lo señalado en ut-supra, vengo a aportar, como prueba superviniente a la multicitada denuncia, el CD que se acompaña, grabado por competidores que participaron en las ediciones 2015 y 2016 de la Prueba impugnada, del cual emana que en la edición 2015, se dio vuelta en el lugar determinado por el Medidor Oficial de la IAAF el 21-01-15, Rambla y Potosí; en tanto que en la edición del presente año, la vuelta se concretó en la Rambla, unos metros pasando Costa Rica, pero por lo menos 60 metros antes que el señalado en la medición de la IAAF, Rambla y Potosí, lo cual evidencia que no se cumplió con el recorrido determinado por el Sr. Medidor de la IAAF.
EN CONSECUENCIA, SOLICITO:
Que se agregue la presente, con el CD que se acompaña, a la denuncia oportunamente presentada el 26-05-16 y eleven, tal como corresponde estatutariamente, al Tribunal Arbitral, para su resolución, solicitando por razones obvias, el urgimiento correspondiente.
Otrosí digo: autorizo a notificarse, como así también a realizar cualquier tipo de tramitación al respecto a (sigue nombre de su representante).
En otro orden, Run Uruguay consultó a la representante nombrada por Andrés Zamora, quien expresó que "el vídeo de 2015 fue filmado por un corredor y permite identificar que corresponde a ese año por el color de las camisetas (naranja). Allí el retorno se efectúa en la Rambla y Potosí
En cambio, en el de 2016 (camisetas rojas y rosadas) la vuelta se efectuó 20 mts pasando Costa Rica, ó sea, 80 mts antes de Potosí"
Coincide en estos puntos con lo expresado y demostrado en la nota publicada anteriormente en Run Uruguay (ver: http://www.runuruguay.com/2016/06/desconfundiendo-la-maraton-de.html,) y prosigue:
"El recorrido autorizado por la IAAF establece que la vuelta debe ser en la Rambla y Potosí. Toda modificación a ese recorrido debe ser efectuada siguiendo las normativas de la IAAF. O sea, marcada por un medidor internacional autorizado por la misma, lo cual no se cumplió.
"En ese Estado se aplica el artículo 149 inciso 1 del reglamento internacional de competición 2016 2017 de IAAF, que determina la invalidez de los resultados.
"Además, también se modificó la Circunvalación de Av. de las Leyes, donde se largaba la competencia, lo cual también implica una modificación que no fue establecida como se señaló precedentemente.
"Internamente, la nueva directiva cumple con el Estatuto y elevó la denuncia al Tribunal Arbitral que nombró a sus efectos, el cual se tiene que expedir sobre la misma, siendo su resolución de acuerdo al artículo 54 del citado Estatuto inapelable, y debe ser elevada al Consejo directivo de la CAU para que la apruebe antes del próximo miércoles fecha que vence el plazo para designar a los atletas que irán a JJOO. De anularse la prueba quedaría fuera Aguelmis Rojas y corresponde sea designado Andrés Zamora, que marcó el tiempo requerido."
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